!No Pierdas el Beneficio! Gastos Educativos 2026

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Si eres asalariado o persona física, el tiempo corre. Declarar tus gastos de educación no es solo un trámite, es la oportunidad de recibir una devolución de impuestos directamente a tu bolsillo.

Fechas límites para los Gastos Educativos

Asalariado y Personas Físicas acogidas al RST: el último día laborable del mes de febrero para registrar sus facturas, aceptar y enviar la Declaración Jurada. 

​-Persona Física: (Profesional liberal o trabajador independiente) hasta el último día laborable del mes de febrero para registrar sus facturas y hasta el día 31 de marzo de cada año para presentar la Declaración Jurada.

Si quieres conocer mas sobre los beneficios de registrar tus gastos educativos haz click aqui: Gastos Educativos Ley 179-09

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