Facturación según la Norma 07-07

Facturación según la Norma 07-07

Guía clara para el sector construcción en RD

Si trabajas en construcción en la República Dominicana, es casi seguro que hayas escuchado hablar de la Norma General 07-07. Pero entre ITBIS reducido, retenciones y contabilidad por proyecto, no siempre queda claro cómo facturar correctamente.

En este artículo te explicamos qué es la Norma 07-07, cuándo aplica y cómo impacta la facturación, sin tecnicismos innecesarios.

¿Qué es la Norma 07-07?

La Norma General 07-2007, emitida por la DGII, establece un régimen especial de tributación para las actividades del sector construcción.

Su objetivo es adaptar el cobro de impuestos a la realidad del negocio, donde gran parte del costo está en materiales y mano de obra incorporados a inmuebles.

Aplica principalmente a:
• Constructoras
• Subcontratistas
• Empresas y personas que ejecutan obras civiles o trabajos de construcción

ITBIS en la facturación de obras de construcción

Este es el punto que más impacto tiene en la factura.

🔹 Obras que incluyen materiales

Cuando el trabajo facturado incluye materiales, equipos o elementos de construcción:
• El ITBIS (18%) no se aplica sobre el total
• Se aplica solo sobre el 10% del monto facturado

Es decir, solo el 10% del valor de la obra se considera base imponible.

Ejemplo práctico
Monto facturado: RD$1,000,000
Base ITBIS (10%): RD$100,000
ITBIS (18%): RD$18,000

En lugar de pagar RD$180,000 de ITBIS, solo se facturan RD$18,000.

🔹 Servicios sin materiales

Si el servicio no incluye materiales (por ejemplo: supervisión, asesoría técnica, servicios profesionales):
• Se factura el ITBIS normal del 18% sobre el 100% del monto
• No aplica el beneficio del 10%

Retención del ITBIS

El ITBIS facturado bajo la Norma 07-07 está sujeto a retención:
• Persona física: retención del 100% del ITBIS
• Persona jurídica: retención del 30% del ITBIS

Esta retención la realiza el cliente y debe ser reportada ante la DGII.

Retenciones de ISR en pagos relacionados con la obra

La norma también regula cómo retener el Impuesto Sobre la Renta (ISR):

👷 Maestros constructores o ajusteros
• No cobran ITBIS
• No emiten NCF
• La empresa debe retener 2% de ISR sobre el pago

👨‍💼 Profesionales (ingenieros, arquitectos, técnicos)
• Si facturan solo servicios profesionales:
• Retención de 10% de ISR

ITBIS en la compra de materiales

Un punto clave que suele generar errores:
• El ITBIS pagado en materiales de construcción no se usa como crédito fiscal mensual
• Debe registrarse como parte del costo del proyecto
• Se recupera indirectamente al momento de la venta o entrega del inmueble

Contabilidad por proyecto

Las empresas constructoras que manejan más de una obra al mismo tiempo deben llevar:
• Contabilidad separada por cada proyecto
• Costos, ingresos y gastos claramente identificados

Esto permite a la DGII verificar correctamente la tributación de cada obra.

Exención del impuesto sobre activos

Durante la ejecución del proyecto, las constructoras pueden solicitar la exención del impuesto a los activos, siempre que:
• Informen a la DGII el costo estimado
• Indiquen el plazo de ejecución del proyecto

¿Cuándo aplica la Norma 07-07?

Aplica exclusivamente al sector construcción y a trabajos que impliquen la ejecución de obras físicas.
No aplica a:
• Servicios administrativos
• Asesorías no vinculadas a ejecución de obra
• Actividades fuera del ámbito constructivo

Conclusión

La Norma 07-07 es un beneficio importante para el sector construcción, pero solo si se aplica correctamente.


Facturar mal puede generar:
• Diferencias de ITBIS
• Retenciones incorrectas
• Ajustes y sanciones fiscales

Entender cuándo usar el ITBIS sobre el 10%, cómo aplicar las retenciones y cómo registrar los costos es clave para una gestión fiscal saludable.

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